Ayer fue despachado a ley el proyecto que acerca los locales de votación a tu domicilio. Recuerda que para votar en el Plebiscito del 4 de septiembre, el cual será obligatorio para los mayores de 18 años, puedes actualizar tus datos en el sitio del Servicio Electoral hasta el próximo domingo 1 de mayo.
El próximo 4 de septiembre de 2022 se realizará el plebiscito de salida del Proceso Constituyente y de acuerdo a la iniciativa que ayer fue despachada a ley por la Cámara de Diputados y Diputadas (con votación unánime), las personas podrán votar en los lugares más cercanos su hogar.
Este proyecto de ley de Georreferenciación, cuya tramitación se hizo con indicaciones ingresadas por el Ejecutivo después de reuniones de trabajo con el Servicio Electoral, aborda también medidas específicas que debe tomar el Servel en cuanto al ajuste de plazos en la elaboración del padrón, la publicación de las nóminas de los electores y la permanencia de los protocolos sanitarios de previas elecciones.
“Este proyecto busca garantizar que exista una participación efectiva del electorado, de manera informada, segura, y lo más amplia posible en el plebiscito de salida” señaló la Subsecretaria de la Secretaría General de la Presidencia, Macarena Lobos.
En tanto, el ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Giorgio Jackson, destacó que el proyecto, que inicia como una moción parlamentaria “quiere facilitar la participación ciudadana en procesos electorales, en una serie de modificaciones, respecto de la georreferenciación que quedan planteadas, además, como algo permanente, para que las personas puedan votar en los lugares más próximos a sus domicilios”. En paralelo, agregó que “para elaborar las indicaciones ingresadas como Ejecutivo, recibimos al Consejo completo del Servicio Electoral, para recoger estas propuestas que permitían facilitar la realización del plebiscito de salida del proceso constituyente”.
¿Cuáles son estas modificaciones?
- Cambio de términos: ciudadanía se reemplaza por “electorado”
- Se amplía el plazo de denuncia de infracciones al deber de votar durante un año después del plebiscito
- Establece la fecha del plebiscito constitucional para el 4 de septiembre del 2022, con plazos establecidos para normas sobre padrones, propaganda. Reduce, además, el plazo de actualización de Registro Electoral y publicación de nómina de electores mayores de 90 años de 140 a 125 días.
- Se establece el plazo de tres días para registros de partidos y movimientos ante el Servel, estableciendo normas sobre límites de gastos electorales.
- Finalmente, permite tomar medidas especiales, y aplicar protocolos sanitarios para la realización del plebiscito.