La Corte de Apelaciones de Chillán acogió el recurso de protección presentado por la madre de un menor de edad y ordenó al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) la adquisición y suministro de fármaco Spinraza o Nusinersen, uno de los más caros del mundo, requerido para tratar la atrofia muscular espinal tipo 2 que padece el hijo de la recurrente.
El precio de lista de Spinraza en los EE.UU. en 2016 era de US$125.000 por inyección, lo que coloca el costo del tratamiento en US$750.000 en el primer año y después en US$ 375.000 por año. Según The New York Times , esto coloca a Spinraza “entre las drogas más caras del mundo”.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Claudio Arias, Darío Silva y Christian Hansen, acogió la solicitud de la madre, tras establecer que la negativa de Fonasa a proporcionar el medicamento pone en riesgo el derecho a la vida del niño.
Según la resolución, Fonasa debe realizar “las gestiones pertinentes para la adquisición y suministro del fármaco identificado como Spinraza o Nusinersen, mientras el médico tratante del menor así lo determine, con el objeto de que se inicie en el más breve lapso su tratamiento”.
Agrega que “respecto de las consideraciones presupuestarias y económicas esgrimidas por la recurrida, si bien es cierto pueden constituir un factor a tener presente por la autoridad pública al adoptar una decisión, no lo es menos que ellas no debieran invocarse cuando está comprometido el derecho a la vida y a la integridad física o psíquica de una persona, garantía consagrada en la Constitución Política de la República”.
De acuerdo al fallo, se trata de un medicamento necesario para la sobrevivencia e integridad física del menor, “considerando que la Atrofia Muscular Espinal Tipo 2 que sufre es una enfermedad frecuentemente mortal, que produce la pérdida progresiva del movimiento muscular, haciendo necesaria su administración, por sobre las consideraciones de índole económica”.
“Conforme a los argumentos vertidos precedentemente y habiéndose concluido que la decisión impugnada infiere un daño grave y significativo al hijo de la actora en tanto pone en riesgo su derecho a la vida, se hará lugar al recurso incoado”, añade el fallo.
Por tanto, concluye que “se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Francisca Adriana Ortiz Cartes, en representación de su hijo A.A.C.O. en contra del Fondo Nacional de Salud, disponiéndose que este último realizar las gestiones pertinentes para la adquisición y suministro del fármaco Spinraza o Nusinersen, con el objeto que el menor inicie el tratamiento indicado por su médico en el más breve tiempo”.
CL/Aton Chile