La Corte de Apelaciones de Temuco rechazó hoy el recurso de protección presentado por Gendarmería en favor del interno, Francisco Facundo Jones Huala, quien advirtió que retomaría la huelga de hambre líquida, dejada el 9 de marzo, como medida de presión por demandas mapuches.
En fallo unánime la Segunda Sala del tribunal de alzada no dio lugar al recurso ante la deposición voluntaria de la huelga, además por su situación estable de salud y porque Gendarmería debe velar por su cuidado.
“Es obligación de Gendarmería, de acuerdo con su Ley Orgánica y su respectivo Reglamento, atender el cuidado y atención de las personas privadas de libertad en los recintos penitenciarios y carcelarios que administra, proporcionar atención médica y alimentación adecuadas a la condición humana y velar por los derechos constitucionales de los internos, en especial por la salud y la vida de aquéllos, lo que permite concluir que dicha institución tiene legitimación activa para deducir el presente recurso”, dice el fallo.
El Tribunal de Alzada indicó que si bien se constaba la efectividad de la huelga de hambre del Jones Huala, también se daba por levantada la misma el día 09 de marzo, por lo que desaparecía el riego para la integridad del reo.
“Ha desaparecido el fundamento de la acción deducida desde que manteniéndose en un régimen normal de alimentación, no resulta necesario la intervención de esta Corte, de la forma solicitada en el recurso”, dice la resolución.
Cabe mencionar que Facundo Jones Huala cumple una condena de 6 años de presidio como autor del delito consumado de incendio, y 3 años y un día por tenencia ilegal de armas de fuego. Ilícitos perpetrados en enero de 2013, en el fundo Pisu Pisué, en la comuna de Río Bueno.
CH / Aton Chile