La Corte de Apelaciones de Punta Arenas determinó acoger el recurso de protección en contra del Ministerio de Salud interpuesto por la madre de un menor que necesita viajar a Estados Unidos para recibir una intervención cardíaca en Boston.
De forma unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada ordenó que la entidad pública debe adoptar las medidas necesarias para que el menor de edad reciba la atención que le ofreció el Boston Children’s Hospital.
Además del Ministerio de Salud, el recurso legal también estaba interpuesto en contra de el Servicio de Salud Magallanes, el Hospital Luis Calvo Mackenna y la Secretaria Regional Ministerial de Salud de Magallanes, instituciones que también deberán gestionar el traslado del menor a Estados Unidos.
El fallo señala que “existe el programa con fondos que permite financiar la intervención del niño y así extender su vida, en condiciones más seguras y concretas, como también la calidad de la misma, en la ciudad de Boston en los términos ofrecidos por el Boston Children’s Hospital que ya ha ejecutado esta operación en otra paciente magallánica”
La resolución añade que “se disponga la emisión de los antecedentes y certificados necesarios para la atención del recurrente en el Boston Children´s Hospital, por parte del Hospital Luis Calvo Mackenna. Que se coordine por el Servicio de Salud de Magallanes, la postulación a los fondos del Programa ‘Ayudas Técnicas y Servicios de Apoyo para personas en situación de discapacidad’ por parte de la recurrente”.
“Que se coordine por parte de la autoridad o unidad que determine el Ministerio de Salud, organizadamente, debiendo realizar todos los procedimientos pertinentes para coadyuvar la ejecución de las acciones decretadas, impedidos de excusarse en dificultad o inconveniente de alguna de ellas”, cierra el fallo de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas.